Uno tiene que cumplir con varios requisitos para ser elegible para los beneficios del Programa de Discapacidad del Seguro Social. Para estar calificado, inicialmente debe cumplir con 2 criterios:
- Debe haber trabajado y haberle pagado al sistema del Seguro Social por un periodo determinado de tiempo.
- Debe tener una condición médica que lo deje “discapacitado” (como lo determina el ASS) y no poder trabajar.
En Florida, la decisión final queda en manos de la División de Decisión de Discapacidad.
¿Cuánto Tiempo Tengo que Trabajar Para Ser Elegible?
La cantidad de tiempo que tiene que trabajar para ser considerado para los beneficios se basa en una tabla que muestra su edad y la cantidad de tiempo que ha estado trabajando.
¿Qué es una Discapacidad? ¿Cómo se Define?
La Administración del Seguro Social define la discapacidad de la siguiente manera:
“La incapacidad de participar en una actividad sustancialmente lucrativa debido a cualquier impedimento físico o mental determinable médicamente que se pueda esperar que resulte en muerte o que haya durado o se pueda esperar que dure por un período continuo de no menos de 12 meses, 42 USC Secciones 423(d)(1)(A) y 1382c(a)(3)(A)”.
El Seguro Social hablará con sus médicos y les preguntará lo siguiente:
- Cuál es su condición médica
- Cuando comenzó su condición médica;
- Cómo su condición médica limita sus actividades;
- Lo que han mostrado las pruebas médicas;
- Cómo ha sido tratado; y
- Su capacidad para realizar actividades relacionadas al trabajo.
No le pedirán a su médico que decida si está discapacitado.
¿Cómo Tomarán la Decisión Final?
El Seguro Social utiliza un proceso de cinco pasos. La Administración del Seguro Social define este proceso así:
Utilizamos un proceso de cinco pasos para decidir si está deshabilitado:
- ¿Está trabajando?
Si está trabajando y sus ingresos promedian más de una cierta cantidad al mes, generalmente no será considerado como discapacitado. La cantidad cambia cada año. Para ver la figura actual, consulte la Actualización anual (Publicación No. 05-10003). Si no está trabajando, o sus ingresos mensuales promedian la cantidad actual o menos, la agencia estatal analizará su condición médica. - ¿Su condición médica es “grave”?
Para que la agencia estatal decida que usted está discapacitado, su aflicción médica debe limitar significativamente su capacidad para realizar actividades laborales básicas – como caminar, sentarse y recordar – por al menos un año. Si su condición médica no es tan grave, la agencia estatal no lo considerará como discapacitado. Si su condición es así de grave, la agencia estatal continuará con el paso tres. - ¿Su condición médica está en la Lista de Discapacidades?
La agencia estatal tiene una Lista de Discapacidades que describe las afecciones médicas que son consideran como muy graves y que indican automáticamente que usted está discapacitado según lo define la ley. Si su afección (o combinación de afecciones médicas) no está en la lista, la agencia estatal verificará si su afección es tan grave como una afección que se encuentra en la lista. Si la gravedad de su condición médica cumple o es igual a la de una que figura en la lista, la agencia estatal decidirá que usted está incapacitado. Si no, la agencia estatal continuará con el paso cuatro. - ¿Puede hacer el trabajo que hacía antes?
En este paso, la agencia estatal decidirá si su condición médica le impide poder hacer el trabajo que hacía antes. Si no lo afecta, la agencia estatal decidirá que usted no está discapacitado. Si lo afecta, la agencia estatal continuará con el paso cinco. - ¿Puede hacer cualquier otro tipo de trabajo?
Si no puede hacer el trabajo que hacía antes, la agencia estatal intentará averiguar si puede hacer otro trabajo. Evaluará su condición médica, su edad, educación, experiencia laboral pasada y cualquier habilidad que pueda tener y que pueda ser utilizada para realizar otro trabajo. Si no puede realizar otro trabajo, la agencia estatal decidirá que usted está discapacitado. Si puede hacer otro trabajo, la agencia estatal decidirá que usted no está discapacitado.”
Cada uno de estos cinco pasos es muy importante. El bufete de abogados de Harris Guidi Rosner, P.A. lo ayudará a navegar por este proceso durante su reclamo de beneficios por discapacidad del Seguro Social.