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Harris Guidi Rosner, P.A.

Jacksonville Personal Injury Lawyers

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Home » Áreas de Práctica » Abogados de Derecho Familiar en Jacksonville » Abogados de Divorcio de Jacksonville

Abogados de Divorcio de Jacksonville

Si está pensando en divorciarse, o si le han presentado una petición para la disolución del matrimonio, no solo debe pensar en los cambios a corto plazo sino en su seguridad, y la de sus hijos, a largo plazo. El divorcio puede ser un evento muy emocional y volátil, y usted necesitará de un abogado de divorcio dedicado, altamente calificado y experimentado en Jacksonville trabajando para usted.

El divorcio también puede ser un momento confuso y difícil. Muchas veces surgen más preguntas que respuestas

  • ¿Cuánta manutención de los hijos debería esperar recibir?
  • ¿Y qué hay del apoyo o pensión conyugal?
  • ¿Quién obtendrá la custodia de los niños?
  • ¿Qué pasará con nuestros activos e inversiones?
  • ¿Cómo se defiende uno en un proceso de divorcio?
  • ¿Cuales son las implicaciones fiscales de un divorcio?
  • ¿Qué pasa si mi ex planea mudarse a otra ciudad o estado con los niños?

Los Abogados de Derecho Familiar de Harris Guidi tienen años de experiencia y lidian con todos los aspectos del divorcio y otros asuntos de litigios de derecho familiar, incluyendo:

  • Manutención de los hijos
  • Custodia de los Hijos
  • Pensión
  • División de Activos
  • Modificación
  • Implementación

Independientemente de su situación, ansiamos sentarnos con usted en una consulta confidencial de derecho familiar, para ayudarlo a resolver sus problemas inmediatos, y a elaborar un plan realista a largo plazo que satisfaga sus necesidades a mediano y largo plazo para después de que su divorcio haya finalizado.

Divorcio en Florida

Florida es un estado “sin culpas”. Eso significa que no importa de quién sea la culpa del divorcio. Los motivos para un divorcio en Florida son, según el Estatuto de Florida, Capítulo 61.052:

  1. El matrimonio está irremediablemente roto o
  2. Uno de los cónyuges sufre de incapacidad mental.

También debe cumplir con el requisito de residencia, el cual involucra que una de las partes debe residir en Florida por un mínimo de seis meses antes de presentar una petición de disolución.

Ningún requisito pide que las parejas vivan separadas por un período de tiempo antes de finalizar su disolución.

Sin embargo, el proceso de divorcio puede ser complicado e intimidante. Contratar a un Abogado de Divorcio Calificado de Harris Guidi en Jacksonville lo ayudará a tomar las medidas necesarias para ordenar su vida y recuperar todas las piezas.

Tipos de Divorcio en Florida

No impugnado – Un divorcio no impugnado es un divorcio en el cual las partes concuerdan con todos los términos de su divorcio y han firmado un Acuerdo de Conciliación Marital. Este acuerdo estipula todas las condiciones para la custodia de los hijos, la manutención de los hijos, la división de activos, la pensión alimenticia, etc. Ese acuerdo será incorporado en el Veredicto Final.

Impugnado – Un divorcio impugnado es un divorcio en el cual las partes no están de acuerdo con ciertos términos del divorcio. En un divorcio impugnado, los asuntos serán presentados ante un juez, quien decidirá sobre los asuntos en disputa.

Simple – Un divorcio simplificado tiene requisitos particulares y las partes que se divorcian se reunirán con un juez para declarar que cumplirán con los requisitos y solicitarán el divorcio.

Predeterminado – Un divorcio predeterminado tiene lugar cuando una de las partes no responde a la petición de divorcio. Cuando esto ocurra, el tribunal puede emitir un fallo por defecto para el peticionario.

Independientemente de su situación, nuestro equipo de abogados experimentados en Divorcios de Jacksonville podrá aconsejarle cuál es el adecuado para su situación, y nos aseguraremos de que sus derechos estén protegidos.

División de Activos

El proceso de divorcio involucra la división de activos. La corte de Florida considerará los siguientes factores al otorgar un activo a una de las partes, incluyendo:

  1. La contribución al matrimonio por parte de cada cónyuge, incluyendo las contribuciones al cuidado y la educación de los hijos y los servicios como ama de casa.
  2. Las circunstancias económicas de las partes.
  3. La duración del matrimonio.
  4. Cualquier interrupción en las carreras personales u oportunidades educativas de cualquiera de las partes.
  5. La contribución de un cónyuge a la carrera personal o la oportunidad educativa del otro cónyuge.
  6. El deseo de retener cualquier activo, incluyendo el interés en un negocio, corporación o práctica profesional, que esté intacto y libre de cualquier reclamo o interferencia por la otra parte.
  7. La contribución de cada cónyuge a la adquisición, mejora y producción de ingresos o a la mejora, o el incurrir de pasivos, tanto de los activos conyugales como de los activos no conyugales de las partes.
  8. El deseo de conservar el hogar conyugal como residencia para cualquier hijo dependiente del matrimonio, o cualquier otra parte, cuando sea equitativo hacerlo, sea del mejor interés del niño o de esa parte.
  9. La disipación intencional, el desperdicio, el agotamiento o la destrucción de los bienes conyugales después de la presentación de la petición o dentro de los 2 años anteriores a la presentación de la petición.
  10. Cualquier otro factor necesario para lograr equidad y justicia entre las partes. (Estatutos de la Florida – Capítulos: 61.075 y 61.077)

Los Abogados de Divorcio de Harris Guidi en Jacksonville lo ayudarán a resolver estos problemas y lo ayudarán a luchar por sus derechos y su propiedad. Contáctenos hoy para una consulta confidencial.

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